COAPI

Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria

IRPH perpetuo: es ilegal y los bancos están obligados a devolverlo

Los abusos e intentos de estafa de la banca en cuestiones inmobiliarias tienen los días contados. Así, poco a poco la Justicia comienza equilibrar la balanza a favor de los afectados que han tenido que esperar durante años para obtener una sentencia que declara nula y abusiva – y por lo tanto ilegal- la cláusula hipotecaria donde se fijaba el IRPH perpetuo. ¿Las consecuencias de esta sentencia? Los bancos afectados están obligados a devolver la totalidad de las cantidades abonadas en exceso más los intereses legales de demora desde la primera cuota del préstamo.

Una sentencia reciente: IRPH ilegal

En el mes de marzo, el bufete de Abogados Sanahuga Miranda, lograba conseguir sentencia favorable en la que se dictamina que el IPRH perpetuo (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) fijado por ciertas entidades bancarios: es abusivo, ilegal y en consecuencia nulo.

Así, se hace justicia y los bancos tienen que pagar por el abuso del índice IRPH, que en palabras de la nota de prensa oficial del bufete al cargo “fue eliminado en 2013 por no ajustarse al coste de mercado y no ser calculado mediante una fórmula matemática objetiva”.

La sentencia ha sido dictada por la Audiencia Provincial de Girona, en su sección segunda, con nº 5/2018, de 11 de enero.

¿En qué consiste la sentencia sobre el IRPH?

La justicia declara ilegal IRPH perpetuo fijado por los bancos. Un índice que tal y como explicamos, la misma justicia eliminó en el año 2013 mediante la Disposición Adicional 15ª de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre.

Tras ello, los bancos intentaron eludir esta sentencia añadiendo ”un pequeño párrafo en la escritura” que altera el contrato gracias a la naturaleza ambigua de este y consiste en fijar el último IRPH desaparecido por pasar de variable a fijo.

Al seguir utilizando este índice, la Audiencia Provincial de Girona ha dictaminado que este párrafo supone un abuso para el consumidor del préstamo hipotecario, tal y como dicta la sentencia “esto hace entender como índice aplicable el IRPH Entidades, no el subsidiario fijo previsto en el contrato que no hace sino perpetuar un índice que ha sido suprimido”, considerando, a todas luces, que esto supone una falta de transparencia por no informar ni explicar con claridad al cliente el resultado y la cuota hipotecaria por la “desaparición de los índices de referencia principal y sustitutivo ” que conforma una configuración económica y jurídica especial.

Tal y como se indica en la nota publicada por el bufete,la abogada Estel Romero, abogada especialista en derecho bancario de Sanahuja Miranda Abogados aclara que  “esta sentencia obtenida por Sanahuja Miranda Abogados no sólo reconoce la nulidad de la fijación del IRPH perpetuo y su correspondiente devolución, sino que también declara la nulidad de la cláusula suelo y la de gastos de constitución de hipoteca”.

Las consecuencias son evidentes y los bancos están obligados a devolver las cantidades estafadas más los intereses de demora.

IRPH: una historia de idas y venidas judiciales

El año pasado, tras varias sentencias y demandas a nivel provincial y local, el Tribunal Supremo se pronunciaba contundente con respecto al, hasta entonces, abuso de los bancos que comercializaban este índice como más estable y menos volátil que el euríbor – y más barato- cuando en realidad, este índice ha resultado ser mucho más caro y perjudicial para los consumidores que el Euríbor. Ambos han fluctuado de igual forma, pero el IRPH siempre ha estado muy por encima del Euríbor.

Por ello, el Alto Tribunal dictaminaba en noviembre de 2017 que ”la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abuso, lo que no significa que no pueda demostrarse la falta de transparencia en otros casos”.

Tras esta sentencia, casi un millón de afectados conocían el desenlace a favor de los bancos de lo que ellos consideraban injusto e ilegal. En consecuencia, varios jueces se rebelaron contra el Tribunal Supremo y desoyeron las ratificaciones de este.

Con un panorama tan caótico al respecto del IRPH, parece que el Tribunal Superior de Justicia Europeo será el encargado de poner orden cuando decida pronunciar en el plazo de un par de años.

5 restricciones de la nueva ayuda al alquiler para mayores de 35 años

Cinco restricciones, y según la situación, desventajas, de la nueva ayuda al alquiler aprobada por el Gobierno.

La euforia inicial que generó el planteamiento de la subvención al alquiler ha dado paso a la resignación por la letra pequeña y restricciones más duras de lo presentado inicialmente por el Ministro de Fomento, Íñigo Gómez de la Serna. ¿Las restricciones? El umbral de ingresos es menor en la práctica y las zonas en las que se debe situar la residencia debe tener menos de 5.000 habitantes.  Unas limitaciones que dejan fuera del radio de acción a colectivos vulnerables en las grandes ciudades, por ejemplo.

El Plan Estatal de Vivienda 2018-2021

Hace algún tiempo se  anunciaba que el Gobierno planteó ayudas destinadas al alquiler y compra de una vivienda para jóvenes y colectivos vulnerables. El objetivo de esta ayuda es atenuar, en la medida de lo posible, la subida desmedida del precio de la vivienda, que dificulta el acceso de la juventud al mercado residencial o el pago de la mismo por parte de los colectivos con menos recursos.

Así, tal y como se presentaba esta medida, ayudaría a paliar la precariedad residencial en la que se mueven los jóvenes y mayores de 65 años gracias a ayudas que rondan el 20% del valor para compra y 50% del alquiler para mayores de 35 años. En el caso de los mayores de 65 años, podrían acceder una ayuda por valor del 50% del alquiler u obtener 200 euros para las facturas de luz, gas, agua y comunidad.

El umbral de ingresos era de 22.365,42 euros anuales para jóvenes y 1.600 euros mensuales en la pensión de mayores de 65 años.

5 de los requisitos necesarios para ayuda del alquiler

Tras las primeras pinceladas presentadas, este mes se aprobaron las subvenciones definitivas y sus consecuentes restricciones que se presentan más duras para acceder a dichas ayudas.

  • La zona y el número de habitantes

El inmueble deberá estar en una localidad de menos de 5.000 habitantes.

  • Umbral de ingresos para hogares unipersonales

En un principio, el límite de ingresos anuales para menores de 35 años era de 22.558,77 euros, pero en la práctica, para hogares unipersonales, los ingresos deberán estar por debajo de 11.182,71 euros.

  • Umbral de ingresos hogares de dos o más personas

La ayuda que presentaba De La Serna de 22.558,77 euros es realmente para los casos de familia numerosa. Así, si cuando la unidad familiar esté compuesta por una pareja, este límite se fija en los 15.039,18 euros; si son tres personas, 18.798,98 euros.

El Plan Estatal de Vivienda 2018-2021

Con respecto a la prioridad de acceso, esta se restringe a aquellos solicitando en los niveles más bajos, es decir, aquellos que no superen los ingresos citados anteriormente.

  • Cuantía de la subvención y límite de la renta

Para los mayores de 35 años, la subvención del alquiler será de hasta el 40% de la renta del alquiler. Cuando la renta mensual esté fijada entre 600 y 900 euros por encima de la media de precios del mercado, la subvención será del 30%.

Cabe destacar que las ayudas dependen en gran medida de las comunidades autónomas, por lo que la cuantía de las ayudas y el umbral de acceso podrá cambiar según la inversión de cada CCAA.

  • Las restricciones para los jubilados

La reducción del mínimo de los ingresos afecta a la subvención de mayores de 65 años, que también deberán cumplir con el límite de 11.182,71 euros cuando solo viva una persona y 15.039,18 en caso un matrimonio. La ayuda recibida en este caso es de un 50% de alquiler. La prioridad en el acceso a la ayuda será para los que menos ingresos tengan.

Una ayuda que ha perdido este colectivo con respecto al anterior plan es el subsidio de 200 euros al mes para gastos de mantenimiento, comunidad y suministros de servicio que el Ministerio ha eliminado al parecer, por tratarse de una ayuda social que ya existe, por lo que se conmutaban.

 

COAPI MURCIA