Los abusos e intentos de estafa de la banca en cuestiones inmobiliarias tienen los días contados. Así, poco a poco la Justicia comienza equilibrar la balanza a favor de los afectados que han tenido que esperar durante años para obtener una sentencia que declara nula y abusiva – y por lo tanto ilegal- la cláusula hipotecaria donde se fijaba el IRPH perpetuo. ¿Las consecuencias de esta sentencia? Los bancos afectados están obligados a devolver la totalidad de las cantidades abonadas en exceso más los intereses legales de demora desde la primera cuota del préstamo.
Una sentencia reciente: IRPH ilegal
En el mes de marzo, el bufete de Abogados Sanahuga Miranda, lograba conseguir sentencia favorable en la que se dictamina que el IPRH perpetuo (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) fijado por ciertas entidades bancarios: es abusivo, ilegal y en consecuencia nulo.
Así, se hace justicia y los bancos tienen que pagar por el abuso del índice IRPH, que en palabras de la nota de prensa oficial del bufete al cargo “fue eliminado en 2013 por no ajustarse al coste de mercado y no ser calculado mediante una fórmula matemática objetiva”.
La sentencia ha sido dictada por la Audiencia Provincial de Girona, en su sección segunda, con nº 5/2018, de 11 de enero.
¿En qué consiste la sentencia sobre el IRPH?
La justicia declara ilegal IRPH perpetuo fijado por los bancos. Un índice que tal y como explicamos, la misma justicia eliminó en el año 2013 mediante la Disposición Adicional 15ª de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre.
Tras ello, los bancos intentaron eludir esta sentencia añadiendo ”un pequeño párrafo en la escritura” que altera el contrato gracias a la naturaleza ambigua de este y consiste en fijar el último IRPH desaparecido por pasar de variable a fijo.
Al seguir utilizando este índice, la Audiencia Provincial de Girona ha dictaminado que este párrafo supone un abuso para el consumidor del préstamo hipotecario, tal y como dicta la sentencia “esto hace entender como índice aplicable el IRPH Entidades, no el subsidiario fijo previsto en el contrato que no hace sino perpetuar un índice que ha sido suprimido”, considerando, a todas luces, que esto supone una falta de transparencia por no informar ni explicar con claridad al cliente el resultado y la cuota hipotecaria por la “desaparición de los índices de referencia principal y sustitutivo ” que conforma una configuración económica y jurídica especial.
Tal y como se indica en la nota publicada por el bufete,la abogada Estel Romero, abogada especialista en derecho bancario de Sanahuja Miranda Abogados aclara que “esta sentencia obtenida por Sanahuja Miranda Abogados no sólo reconoce la nulidad de la fijación del IRPH perpetuo y su correspondiente devolución, sino que también declara la nulidad de la cláusula suelo y la de gastos de constitución de hipoteca”.
Las consecuencias son evidentes y los bancos están obligados a devolver las cantidades estafadas más los intereses de demora.
IRPH: una historia de idas y venidas judiciales
El año pasado, tras varias sentencias y demandas a nivel provincial y local, el Tribunal Supremo se pronunciaba contundente con respecto al, hasta entonces, abuso de los bancos que comercializaban este índice como más estable y menos volátil que el euríbor – y más barato- cuando en realidad, este índice ha resultado ser mucho más caro y perjudicial para los consumidores que el Euríbor. Ambos han fluctuado de igual forma, pero el IRPH siempre ha estado muy por encima del Euríbor.
Por ello, el Alto Tribunal dictaminaba en noviembre de 2017 que ”la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abuso, lo que no significa que no pueda demostrarse la falta de transparencia en otros casos”.
Tras esta sentencia, casi un millón de afectados conocían el desenlace a favor de los bancos de lo que ellos consideraban injusto e ilegal. En consecuencia, varios jueces se rebelaron contra el Tribunal Supremo y desoyeron las ratificaciones de este.
Con un panorama tan caótico al respecto del IRPH, parece que el Tribunal Superior de Justicia Europeo será el encargado de poner orden cuando decida pronunciar en el plazo de un par de años.