Cinco restricciones, y según la situación, desventajas, de la nueva ayuda al alquiler aprobada por el Gobierno.
La euforia inicial que generó el planteamiento de la subvención al alquiler ha dado paso a la resignación por la letra pequeña y restricciones más duras de lo presentado inicialmente por el Ministro de Fomento, Íñigo Gómez de la Serna. ¿Las restricciones? El umbral de ingresos es menor en la práctica y las zonas en las que se debe situar la residencia debe tener menos de 5.000 habitantes. Unas limitaciones que dejan fuera del radio de acción a colectivos vulnerables en las grandes ciudades, por ejemplo.
El Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
Hace algún tiempo se anunciaba que el Gobierno planteó ayudas destinadas al alquiler y compra de una vivienda para jóvenes y colectivos vulnerables. El objetivo de esta ayuda es atenuar, en la medida de lo posible, la subida desmedida del precio de la vivienda, que dificulta el acceso de la juventud al mercado residencial o el pago de la mismo por parte de los colectivos con menos recursos.
Así, tal y como se presentaba esta medida, ayudaría a paliar la precariedad residencial en la que se mueven los jóvenes y mayores de 65 años gracias a ayudas que rondan el 20% del valor para compra y 50% del alquiler para mayores de 35 años. En el caso de los mayores de 65 años, podrían acceder una ayuda por valor del 50% del alquiler u obtener 200 euros para las facturas de luz, gas, agua y comunidad.
El umbral de ingresos era de 22.365,42 euros anuales para jóvenes y 1.600 euros mensuales en la pensión de mayores de 65 años.
5 de los requisitos necesarios para ayuda del alquiler
Tras las primeras pinceladas presentadas, este mes se aprobaron las subvenciones definitivas y sus consecuentes restricciones que se presentan más duras para acceder a dichas ayudas.
- La zona y el número de habitantes
El inmueble deberá estar en una localidad de menos de 5.000 habitantes.
- Umbral de ingresos para hogares unipersonales
En un principio, el límite de ingresos anuales para menores de 35 años era de 22.558,77 euros, pero en la práctica, para hogares unipersonales, los ingresos deberán estar por debajo de 11.182,71 euros.
- Umbral de ingresos hogares de dos o más personas
La ayuda que presentaba De La Serna de 22.558,77 euros es realmente para los casos de familia numerosa. Así, si cuando la unidad familiar esté compuesta por una pareja, este límite se fija en los 15.039,18 euros; si son tres personas, 18.798,98 euros.
Con respecto a la prioridad de acceso, esta se restringe a aquellos solicitando en los niveles más bajos, es decir, aquellos que no superen los ingresos citados anteriormente.
- Cuantía de la subvención y límite de la renta
Para los mayores de 35 años, la subvención del alquiler será de hasta el 40% de la renta del alquiler. Cuando la renta mensual esté fijada entre 600 y 900 euros por encima de la media de precios del mercado, la subvención será del 30%.
Cabe destacar que las ayudas dependen en gran medida de las comunidades autónomas, por lo que la cuantía de las ayudas y el umbral de acceso podrá cambiar según la inversión de cada CCAA.
- Las restricciones para los jubilados
La reducción del mínimo de los ingresos afecta a la subvención de mayores de 65 años, que también deberán cumplir con el límite de 11.182,71 euros cuando solo viva una persona y 15.039,18 en caso un matrimonio. La ayuda recibida en este caso es de un 50% de alquiler. La prioridad en el acceso a la ayuda será para los que menos ingresos tengan.
Una ayuda que ha perdido este colectivo con respecto al anterior plan es el subsidio de 200 euros al mes para gastos de mantenimiento, comunidad y suministros de servicio que el Ministerio ha eliminado al parecer, por tratarse de una ayuda social que ya existe, por lo que se conmutaban.
COAPI MURCIA